¿Puedo casarme en un centro de eventos?

La Iglesia Católica prevé que, de ordinario, el matrimonio se celebre en la iglesia parroquial. Es posible, sin embargo, celebrar el matrimonio en otro lugar conveniente. Así lo indica el canon 1118:

Canon 1118 § 1 El matrimonio entre católicos o entre una parte católica y otra parte bautizada no católica se debe celebrar en una iglesia parroquial; con licencia del Ordinario del lugar o del párroco puede celebrarse en otra iglesia u oratorio.

§ 2 El Ordinario del lugar puede permitir la celebración del matrimonio en otro lugar conveniente.

§ 3 El matrimonio entre una parte católica y otra no bautizada podrá celebrarse en una iglesia o en otro lugar conveniente. (Enlace al Código en página web del Vaticano)

Se prevén las siguientes situaciones:

a) Si los contrayentes son bautizados (los dos católicos, o uno católico y el otro cristiano no católico) se debe celebrar en una parroquia de modo ordinario. Si media la licencia del párroco o del ordinario del lugar, se puede celebrar en una iglesia que no sea parroquia o en un oratorio. Además, si media la licencia del Ordinario del lugar (la licencia del párroco en este caso no es suficiente) pueden celebrar el matrimonio en un lugar conveniente, que no sea iglesia u oratorio.

b) Si uno de los contrayentes no es bautizado, puede celebrarse en una iglesia o en otro lugar conveniente.

Por Ordinario del lugar -en términos generales, omitiendo muchos matices- se entiende el Vicario General o el Obispo.

El motivo de esta norma es el de asegurar la naturaleza sagrada de una ceremonia que por su propia naturaleza es religiosa. Puede haber parejas que deseen casarse en otros lugares – en lugares entrañables para una familia como el jardín de su casa, o en lugares bellos de la naturaleza, como en montañas o paisajes hermosos – y eso responde a deseos nobles y atendibles: efectivamente, esos lugares bellos de la naturaleza hablan de Dios mejor que un buen predicador. Sin embargo, en las iglesias, por ser lugares sagrados, Dios está presente. Cualquier matrimonio cristiano desearía tener la suerte de los novios de Caná de Galilea, que tuvieron a Jesucristo y a la Virgen María entre sus invitados (cfr Jn 2, 1-11). Y en una iglesia eso es lo que ocurre, que el Señor está presente en la ceremonia desde el sagrario, y la Virgen también es invitada.

Puede haber otros motivos razonables no previstos en el Código de Derecho Canónico. La posibilidad de pedir el permiso al Ordinario del lugar viene a solucionar esta necesidad.

Uno de estos casos es el de los matrimonios en que uno de los contrayentes es bautizado no católico. En este caso, puede ser duro para el contrayente no católico o para su familia acudir a una iglesia a una ceremonia católica. El canon 1127 § 2 prevé la dispensa de observar los rituales de la Iglesia Católica. Y el canon 1118, que venimos comentando, prevé la licencia de celebrar el matrimonio fuera de una iglesia católica.

El lugar conveniente

Queda por aclarar qué se debe entender por lugar conveniente. No es fácil dar reglas generales. Pero se entiende que es posible aplicar la analogía. Serían convenientes lugares en los que sería razonable celebrar un sacramento, por ejemplo la Misa. O dicho de otro modo, si en un lugar se puede celebrar la Misa, entonces también se puede celebrar el matrimonio. El canon 932 habla de “lugares dignos” para celebrar la eucaristía; y el canon 933 indica que se puede celebrar la misa en un templo no católico “por justa causa, con licencia expresa del ordinario del lugar y evitando el escándalo”, lo cual indica que no se debería celebrar en él un matrimonio si no se dan los mismos requisitos.

La Instrucción Redemptionis Sacramentum, promulgada por la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos el 25 de marzo de 2004, indica en su número 109 que nunca es lícito celebrar la Santa Misa en un templo o lugar sagrado de cualquier religión no cristiana. Pensamos que, según la analogía antes comentada, esta norma se debe aplicar a los matrimonios. (Mucha de esta información tiene su origen aquí.)

Cuídese de los falsos sacerdotes

Cuidado con un sacerdote o diácono que dice que puede bautizar en su casa o salón o parque. Hay varios casos muy tristes de personas que viven dentro de nuestro territorio parroquial.

Lo primero que debemos tener en cuenta es que, como todos los estafadores, la mayoría de los falsos sacerdotes y diáconos suelen ser simpáticos, convincentes y hábiles; aparentan ser buenas personas con la finalidad de cumplir su cometido: obtener dinero de forma fácil, valiéndose de la buena fe de la gente. Por lo general ofrecen sus servicios mediante referencias o tarjetas de presentación que ellos mismos distribuyen en gran cantidad, manifestando una gran disponibilidad y ofreciendo todas las facilidades posibles.

Suelen aparecer en momentos difíciles de la vida; por ejemplo, cuando los fieles se encuentran afectados por la pérdida de un ser querido. También se acercan a aquellas personas a las que en su parroquia les fue negado un servicio religioso, por existir alguna irregularidad o por no querer cumplir con los requisitos que se les piden para la celebración de un sacramento, o a quienes quieren hacerlo fuera de los lineamientos establecidos por la Iglesia, como realizar un matrimonio en la playa o en un salón de fiestas.

No debemos olvidar que los sacerdotes católicos tienen prohibido casar, bautizar en general, fuera de la parroquia o en un templo público reconocido, salvo cuando se trata de una misa de de una comunidad más grande en ocasiones significativas como la festividad de la Virgen: en fábricas, vecindades o vecinos de toda una calle.

Los falsos sacerdotes y diáconos también acostumbran visitar algunas casas o empresas, donde solicitan donativos para alguna casa hogar, orfanato o asilo inexistentes. En algunos casos también llegan a ofrecer sus servicios a los propios sacerdotes para ayudarlos en su fiesta parroquial o en Semana Santa.

Los falsos sacerdotes y diáconos encuentran una mina de oro en aquellas personas que desean casarse por segunda, tercera o cuarta vez, sin haber recibido la declaración de nulidad de sacramento de su primer matrimonio, o que buscan tener la celebración de algún sacramento en la playa, yate, jardín, salón de fiestas, etc. En estos casos, sus servicios llegan a estar acompañado de un “paquete completo de fiesta” que incluye: celebración del sacramento, carpas, sillas e incluso el banquete. Algunas de las personas que lo solicitan están conscientes de que el sacramento que van a recibir también es falso, pero otras no lo saben y suelen llevarse una gran sorpresa cuando se encuentran de que el acta de Matrimonio o de Bautismo no tiene validez ante la Iglesia Católica.

¿Quiénes son los falsos sacerdotes?

Un gran porcentaje de ellos se compone de personas que estudiaron para servir a la Iglesia a través del ministerio sacerdotal, pero que por razones diversas fueron expulsadas del seminario. Otros fueron sacristanes en algún momento de su vida y otros más simplemente vieron la oportunidad de obtener dinero fácil a costa de la buena fe de las personas. Todos ellos conocen las partes de las celebraciones litúrgicas e incluso llegan a engañar a los verdaderos sacerdotes.

Medidas preventivas:

  • Acudir a su parroquia para que les orienten sobre los requisitos necesarios para la celebración de los sacramentos.
  • En caso de la pérdida de un familiar, acudir a la parroquia más cercana para solicitar los servicios correspondientes. En algunos casos los responsables de las funerarias están en complicidad con los falsos sacerdotes, pues suelen darles una comisión.
  • Nunca aceptar a los sacerdotes que se dan a conocer con tarjetas de presentación o que ofrecen servicios a domicilio o por medio de “paquetes completos”.
  • Exigir al sacerdote la credencial expedida por la diócesis correspondiente.
  • Recordar que si no es posible encontrar un sacerdote católico más vale no tener la celebración en ese momento, porque las misas o sacramentos que los falsos sacerdotes celebran son una burla a la fe de los fieles, ya que, por lo general, no tienen ninguna validez.

(Mucha de esta información tiene su origen aquí.)

5 respuestas a “¿Puedo casarme en un centro de eventos?

  1. HOLA
    PODRE CASARME AL AIRE LIBRE?
    SEGUN EL CANON 932 POR LO QUE ENTIENDO SI….§ 2. Se debe celebrar el Sacrificio eucarístico en un altar dedicado o bendecido; fuera del lugar sagrado se puede emplear una mesa apropiada, utilizando siempre el mantel y el corporal.
    O ME EQUIVOCO?

    1. Según 932, se puede celebrar una misa en el aire libre, como hace el Santo Padre en la Jornada Mundial de la Juventud, pero el canon mencionado no se refiere a celebrar un matrimonio en el aire libre.

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